A024 Limitación de los acuerdos transaccionales confidenciales
Se resuelve, Que la 81a Convención General promulgue el Canon IV.14.14 de la siguiente manera:
<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>
Sec. 14. Ningún Acuerdo ni arreglo civil podrá impedir ni restringir la divulgación de información objetiva relacionada con ninguna presunta Infracción contemplada en este Título. No obstante lo dispuesto en esta Sección, un Acuerdo o convenio civil podría impedir la revelación de la identidad de una supuesta Persona Perjudicada o de una cantidad pagada para resolver una reclamación u obtener una exención de responsabilidad civil.
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<Texto enmendado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>
Sec. 14: Ningún Acuerdo ni arreglo civil podrá impedir ni restringir la divulgación de información objetiva relacionada con ninguna presunta Infracción contemplada en este Título. No obstante lo dispuesto en esta Sección, un Acuerdo o convenio civil podría impedir la revelación de la identidad de una supuesta Persona Perjudicada o de una cantidad pagada para resolver una reclamación u obtener una exención de responsabilidad civil.