A091 Definición de doctrina
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,
Que la 80a Convención General enmiende la definición de “Doctrina” en el Canon IV.2 de la siguiente manera:
<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>
IV.2.
Doctrina se refiere a las enseñanzas básicas y esenciales de la Iglesia, que se encuentran en el Canon de las Sagradas Escrituras tal como se las interpreta en el Credo de los Apóstoles y el Credo de Nicea, y en los ritos sacramentales, el Ritual y el Catecismo del Libro de Oración Común. Para los propósitos de este canon, el Libro de Oración Común y cualquier Libro de Oración Común conmemorado por la Convención General se entienden como declaraciones suficientes de la doctrina de esta Iglesia.
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<Texto enmendado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>
IV.2.
Doctrina se refiere a las enseñanzas básicas y esenciales de la Iglesia, que se encuentran en el Canon de las Sagradas Escrituras tal como se las interpreta en el Credo de los Apóstoles y el Credo de Nicea, y en los ritos sacramentales, el Ritual y el Catecismo del Libro de Oración Común. Para los propósitos de este canon, el Libro de Oración Común y cualquier Libro de Oración Común conmemorado por la Convención General se entienden como declaraciones suficientes de la doctrina de esta Iglesia.
Explicación
El Canon IV.4.1.h.2 especifica que todos los miembros del clero se abstendrán de “profesar y enseñar pública o privadamente, y de forma advertida, cualquier Doctrina contraria a la profesada por la Iglesia”. Por lo tanto, cualquier adición o enmienda de “los ritos sacramentales, el Ordinal y el Catecismo del Libro de Oración Común” tiene posibles implicaciones disciplinarias para los miembros del clero cuyas creencias ya no se reflejarían en el Libro de Oración Común como se define en el Artículo X de la Constitución de la Iglesia Episcopal. Esta adición garantizaría que ni la modificación del Libro de Oración Común para incluir un servicio matrimonial para el uso de parejas del sexo opuesto o del mismo sexo, ni la alteración de la comprensión del matrimonio presentada en el Catecismo para eliminar la referencia al género colocaría a los miembros del clero que creen que el matrimonio es un pacto entre un hombre y una mujer en violación del Título IV o de sus votos de ordenación.