D018 Grupo de Trabajo sobre la Paridad de las Pensiones de los Laicos
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,
Que la 81ª Convención General, de conformidad con la Regla Conjunta VII, cree el Grupo de Trabajo sobre las Pensiones de los Laicos (Task Force on Lay Pensions, TFLP), cuyo mandato incluya, pero sin limitarse a ello, (1) determinar qué otros pasos son necesarios para asegurar un mayor grado de paridad en las pensiones de los empleados laicos de la Iglesia, (2) determinar qué barreras podrían existir para alcanzar este objetivo y (3) discernir qué pueden hacer la Iglesia, la Convención General y el Church Pension Group para buscar oportunidades para lograr una mayor paridad en las pensiones, y (4) presentar ante la 82ª Convención General las resoluciones que considere oportunas para abordar este mandato; y asimismo
Se resuelve, Que el Grupo de Trabajo comience su labor a más tardar el 1° de enero de 2025, para concluirla al final de la 82a Convención General, a menos que dicha Convención prolongue su mandato; y asimismo
Se resuelve, Que este Grupo de Trabajo presente un informe ante la 82a Convención General; y asimismo
Se resuelve, Que este Grupo de Trabajo sea nombrado conjuntamente por los Funcionarios Presidentes, con 13 miembros, tres de los cuales serán obispos, tres serán clérigos y siete serán laicos, y que al menos un miembro del grupo de trabajo haya sido empleado laico actual o anteriormente en el Plan de Prestaciones Definidas para Laicos; y asimismo
Se resuelve, Que el Church Pension Group designe a un representante para que actúe como asesor del Grupo de Trabajo; y asimismo
Se resuelve, Que la Convención General solicite al Comité Permanente Conjunto de Programa, Presupuesto y Finanzas que contemple una asignación presupuestaria de US$30,000 para la implementación de esta resolución.
Explicación
Los empleados laicos de la Iglesia se rigen por un plan de pensiones distinto al del clero, dadas las diferencias de edad entre los fondos y las leyes aplicables, lo cual conlleva dificultades prácticas al proporcionar una paridad justa entre las prestaciones de los laicos y las del clero. Esto crea un problema de justicia en la Iglesia, donde los empleados laicos a menudo no pueden disfrutar de prestaciones de jubilación comparables a las de sus homólogos clérigos.
Aunque reconocemos que es improbable que se alcance la paridad real en un futuro próximo, dadas las edades y las diferencias prácticas entre los planes, creemos que la Iglesia debe esforzarse más por encontrar un camino más justo para los planes de prestaciones de los laicos, lo que incluye abordar problemáticas como los aumentos de los ajustes discrecionales por el costo de vida, los requisitos de adquisición de derechos y el porcentaje con que los empleadores de la Iglesia contribuyen a los planes de los laicos en el Church Pension Group.
Dadas las complejidades que se presentan, creemos que un Grupo de Trabajo es la mejor vía para estudiar esta problemática con mayor detalle, fomentar una conversación entre la Iglesia y el Church Pension Group, presentar un informe sobre cómo podemos trabajar juntos para encontrar un mejor camino a seguir en la próxima Convención General, y determinar qué pasos puede dar la Iglesia para ayudar al Church Pension Group a abordar este importante asunto.
Es vital que, como Iglesia, tratemos a nuestros empleados laicos con el mismo respeto y dignidad que a nuestros empleados clericales —no solo en nuestras acciones, sino también en nuestros modelos de remuneración— y que tratemos de mejorar las prestaciones que reciben los miembros laicos remunerados de la Iglesia que trabajan diariamente para sostener nuestra Iglesia y su misión.