A154 Presentación Preliminar de Enmiendas en la Cámara de Diputados
Se resuelve, Que la Cámara de Diputados enmiende la Regla XIII.B.3.iii de su Reglamento Parlamentario de la siguiente manera:
iii. Enmendar o Sustituir:
a. Se utiliza para modificar o cambiar una Resolución o moción. Esto incluiría un cambio técnico o una modificación de fondo que pudiera alterar el significado o la intención de una Resolución o moción. Las enmiendas deben estar relacionadas con el punto de la Resolución que están tratando de cambiar.
b. Las Enmiendas Secundarias son:
1. Cambios propuestos a una enmienda. Las Enmiendas Secundarias deben estar relacionadas con el tema específico de una enmienda y no pueden ser utilizadas para alterar otras partes de una Resolución o partes no afectadas por la enmienda.
c. Tienen las siguientes características:
1. Las enmiendas primarias deben presentarse ante el Secretario antes del inicio de la Sesión en la que se tratará el asunto y serán publicadas por el Secretario.
2. El proponente puede retirar una enmienda presentada de manera preliminar avisando en el seno o al Secretario antes de que la Cámara considere la enmienda;
3. Se permite el debate.
4. Solo se permiten Enmiendas Secundarias.
5. Se requiere una mayoría de votos.
<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>
Regla XIII.B.3.
iii. Enmendar o Sustituir:
a. Se utiliza para modificar o cambiar una Resolución o moción. Esto incluiría un cambio técnico o una modificación de fondo que pudiera alterar el significado o la intención de una Resolución o moción. Las enmiendas deben estar relacionadas con el punto de la Resolución que están tratando de cambiar.
b. Las Enmiendas Secundarias son:
1. Cambios propuestos a una enmienda. Las Enmiendas Secundarias deben estar relacionadas con el tema específico de una enmienda y no pueden ser utilizadas para alterar otras partes de una Resolución o partes no afectadas por la enmienda.
c. Tienen las siguientes características:
1. Las enmiendas primarias deben presentarse ante el Secretario antes del inicio de la Sesión en la que se tratará el asunto y serán publicadas por el Secretario.
2. El proponente puede retirar una enmienda presentada de manera preliminar avisando en el seno o al Secretario antes de que la Cámara considere la enmienda;
2. 3. Se permite el debate.
4. Solo se permiten Enmiendas Secundarias.
5. Se requiere una mayoría de votos.
Explicación
Se propone que esta práctica, probada e implementada con éxito para las resoluciones con reglamento parlamentario especial en convenciones anteriores, sea la nueva regla predeterminada.
Adoptar este método resuelve las dificultades de traducción y de interpretación simultánea, las cuales pueden ser complicadas y llevar mucho tiempo, sobre todo cuando las enmiendas se hacen sobre la marcha. Al requerir que las enmiendas se presenten por escrito, el proceso se vuelve más transparente, lo cual permite una traducción y publicación efectivas para que todos los diputados las revisen.
Por último, los diputados pueden entender mejor los cambios propuestos de antemano, lo cual permite debates más enfocados e informados. Los diputados también pueden leer las enmiendas propuestas con antelación para organizar sus ideas sobre cómo tendrán que votar o los comentarios que puedan tener. Esta agilización del proceso de enmiendas aumenta en última instancia la eficacia y la productividad de los procedimientos legislativos, fomentando un entorno de discernimiento más impactante para todos los participantes.