D032 Aumentar a 75 Años la Edad de Jubilación Obligatoria del Clero
Se resuelve, Que la 81ª Convención General ordene al Consejo Ejecutivo que estudie las renuncias obligatorias del clero al llegar a los 72 años, incluyendo, pero sin limitarse a ello:
- Identificar métodos para evaluar la capacidad de los clérigos para continuar en el ministerio ordenado independientemente de la edad, reconociendo que los avances en salud, bienestar y longevidad significan que la edad ya no puede ser el criterio primordial para evaluar la eficacia del clero.
- Recomendar si debe aumentarse la edad de renuncia obligatoria para nuestro clero actual y previsto.
- Investigar e informar sobre la variedad de vehículos económicos disponibles para el clero después de la renuncia obligatoria.
- Investigar las repercusiones en el Church Pension Group (CPG) si la edad de renuncia obligatoria se extiende más allá de los 72 años.
- Investigar las repercusiones en el Church Pension Group si las contribuciones a las pensiones del clero continuaran más allá de los 72 años.
- Resolver ambigüedades en el lenguaje relativo a las jubilaciones y renuncias obligatorias entre los cánones y las publicaciones y políticas del Church Pension Group.
- Investigar el impacto en la vitalidad de la congregación con clérigos de edad avanzada que se resisten a dejar el ministerio más allá de las temporadas de fecundidad.