D063 Sobre la Alícuota Diocesana Obligatoria
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,
Que el Consejo Ejecutivo, en su función central, debe dirigir el desarrollo de un proceso equitativo, transparente e imparcial para evaluar las solicitudes de exención y las alícuotas diocesanas. Este paso crucial, dirigido por el Consejo Ejecutivo, abordará la percepción de arbitrariedad en las decisiones y la distribución desigual de los fondos, y aliviará la naturaleza degradante del proceso. El Consejo Ejecutivo, como el impulsor clave de este cambio, contribuirá significativamente a fomentar unas relaciones sanas entre las diócesis, las provincias y la Iglesia en general mediante el establecimiento de dicho proceso; y asimismo
Se resuelve, Que el Consejo Ejecutivo también deba desarrollar una estrategia nueva e inédita para garantizar que la Iglesia Episcopal siga existiendo en todo nuestro territorio actual. Esto significa no cruzarse de brazos y esperar a que las diócesis se combinen con otras, sean absorbidas por diócesis más grandes o perezcan. En lugar de eso, es necesario que la Convención General y el Consejo Ejecutivo utilicen la importante riqueza acumulada de la Iglesia Episcopal para garantizar que las diócesis débiles entre nosotros sobrevivan y prosperen, trayendo una nueva era de esperanza y salud a todo el organismo. Esta estrategia mantiene la promesa de un futuro mejor para todos
Se resuelve, Que nosotros, como iglesia, reconozcamos que muchas diócesis de toda la Iglesia Episcopal tienen una proporción de sus parroquias en declive, que estas diócesis tendrán dificultades increíbles para pagar su parte justa, y que más de estas diócesis pueden solicitar exenciones en el futuro; y asimismo
Se resuelve, Que el Consejo Ejecutivo aborde el proceso de exención y alícuota equitativa con un compromiso inquebrantable con un “espíritu santo de abundante generosidad", confianza y amor (Marcos 4:20). Este método no es solo una sugerencia, sino un faro de esperanza para fomentar unas relaciones sanas entre las distintas diócesis, provincias y la Iglesia en general. Este método, que incluye ayudar a las diócesis en dificultades con asesoramiento, orientación y apoyo económico para el evangelismo, la vitalidad de las congregaciones y la mayordomía, subraya nuestro profundo compromiso con el bienestar de todas las diócesis; y asimismo
Se resuelve, Que los mismos fondos y subvenciones que se están reteniendo a las diócesis que no pueden pagar las alícuotas son punitivos y antitéticos a la construcción de la “amada comunidad” e ignoran los dones de toda nuestra gente, en especial de aquellos que sufren dificultades temporales provocadas por las brutales realidades económicas. “Al atender nuestras mutuas necesidades, cada uno desde las riquezas que posee, trabajamos juntos por la plena llegada del reino de Dios”. Henri Nouwen, The Spirituality of Fundraising.
Explicación
Considerando el Canon I.4.6 Sec. 6 sección f. El Consejo Ejecutivo “tiene el poder para otorgar exenciones de las alícuotas anuales completas a las diócesis dentro del límite establecido por la Convención General. Cualquier diócesis podrá apelar al Consejo Ejecutivo para pedir una exención de la alícuota, en su totalidad o en parte, basada en dificultades económicas, un plan establecido para trabajar hacia el pago completo o por otras razones, según lo acordado con el Consejo Ejecutivo. A partir del 1° de enero de 2019, si no se liquida el pago completo o no se pide una exención, la diócesis no deberá ser elegible para recibir subvenciones ni préstamos de la Sociedad Misionera Nacional y Extranjera, a menos que esto sea aprobado por el Consejo Ejecutivo”.
El proceso del Consejo Ejecutivo para conceder exenciones diocesanas para las alícuotas de participación equitativa se ha percibido como discriminatorio, arbitrario, y desconectado de la realidad económica de las diócesis. La Alícuota obligatoria se refiere a la cantidad proporcional que se espera que cada diócesis aporte a la Iglesia en general en función de su capacidad económica.
Debemos reconocer que no todas las diócesis cuentan con los mismos recursos y que, mientras algunas tienen fondos patrimoniales que pagan al obispo y al personal diocesano, ofrecen subvenciones a pequeñas congregaciones, pagan la atención médica del clero o proporcionan otros servicios, otras no. Pagar la alícuota eclesiástica significa recortar servicios y personal diocesano en las diócesis con menos recursos. En estas diócesis, el pago de la alícuota eclesiástica puede acelerar el declive de la Iglesia Episcopal, reduciendo la capacidad de las diócesis para apoyar a las Iglesias Episcopales en dificultades y financiar las funciones diocesanas esenciales y canónicamente requeridas.
También es esencial reconocer la diferencia entre las diócesis dispuestas a pagar su parte justa pero que no pueden hacerlo debido a limitaciones económicas, y las que se niegan a pagar su parte justa como medio de protesta. Hay una diferencia significativa entre una diócesis que tiene los medios pero decide no pagar y otra que quiere contribuir pero solo puede hacerlo comprometiendo ministerios esenciales. A menudo, las diócesis que realmente intentan pagar lo que les corresponde y se enfrentan a dificultades son tratadas injustamente como diócesis que se rehúsan a pagar.