D081 Cuidado Infantil en la Convención General
Se resuelve, Que una Iglesia interesada en atraer a miembros más jóvenes al gobierno y liderazgo de la Iglesia necesita hacer adaptaciones para quienes tienen familia hijos; y asimismo
Se resuelve, Que el costo de proporcionar programas formativos y guardería de alta calidad para niños, que para 2024 fue de aproximadamente US$90,000 para 45 niños, debe ser sufragado por la Convención General, de modo que no se espere que quienes ya están ofreciendo voluntariamente su tiempo y su talento al servicio de la iglesia, y que además tienen niños pequeños que cuidar, también tengan que sufragar este costo adicional; y asimismo
Se resuelve, Que se proporcione servicio de guardería durante todos los actos de la Convención General, incluidos los actos que se celebren por la noche y los que se celebren en los días inmediatamente anteriores o posteriores a la Convención General; y asimismo
Se resuelve, Que la Convención General proporcione programas infantiles y guardería para todos los Diputados, Diputados Suplentes, Obispos, Voluntarios y Personal sin costo alguno para los padres o tutores quienes están criando niños. Para los hijos de los expositores y los visitantes se podrá solicitar una cuota nominal por niño, por día o por semana; y asimismo
Se resuelve, Que la Convención General solicite al Comité de Finanzas del Consejo Ejecutivo que asigne un presupuesto de al menos US$110,000 para la creación e implementación del Programa para Niños en cada la siguiente Convención General, a partir de la 82ª Convención General; y asimismo
Se resuelve, Que la Convención General aliente a las diócesis a ayudar con los costos asociados con llevar niños a la Convención General, incluyendo, pero sin limitarse a ello, pasajes de avión u otro medio de transporte, viáticos y costos de alojamiento como una forma de apoyar y alentar a las familias con niños a participar, y para agradecerles por su participación; y asimismo
Se resuelve, Que la Convención General establezca una beca para ayudar a los padres a sufragar los gastos de viaje a la Convención General, incluidos, entre otros, pasajes de avión u otros medios de transporte, viáticos y gastos de alojamiento; y asimismo
Se resuelve, Que como por naturaleza la reunión de un organismo grande puede incluir enfermedades de último minuto, cambios de viaje y cambios en el cuidado infantil, y como la Convención General tiene disposiciones en el reglamento parlamentario para dichos cambios, no será obligatorio que los padres o tutores que quienes tienen niños y son Diputados, Diputados Alternos, Obispos, Voluntarios o miembros del Personal se registren con más de 24 horas de anticipación para que se les asegure el cuidado y no se les penalizará si sus necesidades cambian dentro de un plazo de 24 horas.